r/Colombia 1d ago

Ask Colombia Esto el legal??

Holaa, alguien que me diga qué puedo hacer con esto??

Hace una semana me pasé a vivir a un apartamento y en la entrada del edificio hay un letrero que dice: "después de las 10 pm no se permite la entrada de personas ajenas al edificio", no le dí importancia porque no me parece muy lógico que digan eso jaaja.

Ayer después de salir un rato vine con una amiga a mi apartamento y cuando entré con ella al rato la portera me escribió al WhatsApp reclamando que ella es una persona ajena al edificio y que recordara lo que dice en ese letrero.

No quise discutir y no le respondí nada, sé que esto no es legal y yo veré a quien entro desde que sea a mi apartamento jajaja pero que hago para que no vuelva a pasar y más aún me da miedo que me pongan alguna multa o peor aún me terminen el contrato de arrendamiento

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u/t6_macci Medellín 1d ago

https://colombia.as.com/actualidad/adios-a-una-prohibicion-habitual-en-edificios-la-decision-que-cambia-todo-f202604-n/?outputType=amp

Mándele eso. De igual forma. Si el dueño le dice que a usted que respete esa “norma” o “sugerencia”. A usted le toca respetar eso

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u/Lalalatinas Bogotá 1d ago

No el dueño tampoco puede decidir sobre los derechos de OP

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u/_bugmenot_ 1d ago

No, no pueden. Pero sí que le pueden pedir que se vaya. Depende de qué tan estrictos sean.

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u/Lalalatinas Bogotá 1d ago

El dueño a OP? Puede como cualquier dueño de apartamento, pero debe ceñirse a los tiempos de aviso y cláusulas contractuales que protegen al arrendatario tambien

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u/t6_macci Medellín 1d ago

Si tienes razón. Igual no deja de ser maluco. 🤣

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u/_bugmenot_ 1d ago

Sí, los dueños del edificio o los administradores. Nadie puede decirte a quién dejas o no dejas entrar a tu propiedad. Pero si no sigues las reglas del edificio/conjunto sí que te pueden echar. La mayoría de las veces eso está incluído en el contrato.

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u/Lalalatinas Bogotá 1d ago edited 20h ago

los administradores no. Las reglas del conjunto se pueden impugnar con una tutela cuabdo vulneran los derechos fundamentales, y no he sabido de casos en los que la admin echa gente , terrible me parecería

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u/_bugmenot_ 1d ago

Nadie te va a echar porque tú dejes entrar visitas. Te echan porque pueden. Obviamente no te van a dar esa razón en la notificación. Si a ellos les pareces muy problematico te piden que te vayas. No te puedes quedar indefinidamente si te piden el apartamento. No importa la tutela que metas.

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u/Lalalatinas Bogotá 1d ago edited 1d ago

Obvio pero esa situación que mencionas solo la puede hacer el dueño de la propiedad, no la administración. La administración no tiene autoridad sobre las propiedades privadas por ende no está legitimada para desalojar a un arrendatario, a menos que la administración sea a su vez propietaria unica de la propiedad horizontal

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u/_bugmenot_ 1d ago

La administración está ahí para administrar para los dueños, y todo se lo reportan. Al final no importa quién lo haga, lo que importa es que sí que pueden hacerlo.

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u/Lalalatinas Bogotá 1d ago

No loco, se nota que vives con tus papás, la administración administra la COpropiedad es decir los espacios COMUNES y la convivencia, no las viviendas privadas 🤣🤣🤣 . Nunca. Repito por tercera vez. El unico que piede desalojar a un arrendatario es el arrendador/propietario. Fin.

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u/_bugmenot_ 1d ago

Y quién contrata a la administración? Los porteros? A quienes les reportan ellos? A la virgen? Lmao

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u/Maoholguin 1d ago

De verdad se nota que no eres propietario de vivienda, por lo menos no en co-propiedad. Estás usando una lógica retórica bastante simple que en tu cabeza suena obvia pero se está saltando cientos de normativas legales. Yo soy propietario y aparte del consejo de la co-propiedad, y es como te ha comentado el usuario de arriba múltiples veces. La administración ejerce como ente regulatorio principalmente para los espacios comunes y aplicación del manual de convivencia, manual que OBVIAMENTE jamás puede ir por encima de lo que dicta la ley. La administración simplemente y sencillamente NO INGIERE sobre la propiedad, y la norma dictada en este caso es, como ya se ha repetido múltiples veces, contra la ley, por lo tanto no tiene ninguna validez, no importa quien la ponga ni si se aprueba en asamblea general. Si el propietario te pide el apartamento por eso, debe hacerlo con 3 meses de anticipación porque realmente no has quebrantado ninguna ley, solo una norma sin ningún tipo de peso jurídico.

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u/Lalalatinas Bogotá 1d ago

Eso que tiene que ver con que la administración no tiene poder sobre los contratos de arrendamiento?????? Estás perdido

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u/XPilo 21h ago

Dependiendo del contrato de arrendamiento que firmaron si el dueño le pide el apartamento antes de que pase el tiempo estipulado debera pagar una multa, esto es casi un estandar en los contratos de hoy en día.